- Persona Obligada
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Toda persona individual o jurídica que, por la actividad que realiza, debe
cumplir las obligaciones de prevención de lavado de dinero (LD), financiamiento
del terrorismo (FT) y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción
masiva (FPADM) del Decreto 15-2026. Catálogo completo en el
Artículo 3.
- PEP, Persona Expuesta Políticamente
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Persona que desempeña o ha desempeñado funciones públicas prominentes:
funcionarios de alto nivel, autoridades judiciales o militares superiores,
directivos de empresas estatales, entre otros. Por el riesgo de corrupción que
conlleva su posición, la ley exige debida diligencia reforzada cuando el cliente
o el beneficiario final es PEP.
- EBR, Enfoque Basado en Riesgo
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Principio central del Decreto 15-2026: los controles deben ser proporcionales al
riesgo de cada entidad, en lugar de requisitos uniformes. Cada Persona Obligada
identifica, evalúa, mitiga y documenta sus riesgos y los recoge en su Manual de
Prevención.
- KYC, Conozca a su Cliente
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Debida diligencia del cliente: identificar y verificar la identidad de clientes
y contrapartes, conocer la naturaleza de su actividad y la finalidad de la
relación u operación. Incluye la identificación del beneficiario final y, cuando
corresponda, la revisión de su condición de PEP.
- RTS, Reporte de Transacciones Sospechosas
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Reporte que las Personas Obligadas presentan a la Intendencia de Verificación
Especial (IVE) de la Superintendencia de Bancos, con carácter exclusivo y
confidencial, sobre operaciones sin relación con el perfil del cliente. No se
requiere que la operación se haya concretado, y está prohibido revelar al
cliente que fue reportado.
- IVE, Intendencia de Verificación Especial
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Unidad de la Superintendencia de Bancos encargada de la supervisión, el
requerimiento de información, la inscripción de Personas Obligadas y la
recepción de reportes bajo el Decreto 15-2026. Sus atribuciones se amplían de 8
a 13 incisos con la nueva ley.
- Manual de Prevención LD/FT/FPADM
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Documento obligatorio (Art. 12) donde cada Persona Obligada formaliza sus
políticas, procedimientos y controles de cumplimiento, con aprobación del órgano
de dirección superior. Se revisa con la auditoría anual de efectividad (Art.
15).
- PSAV, Proveedor de Servicios de Activos Virtuales
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Persona que, de manera habitual y como giro de negocio, presta servicios de
criptoactivos a terceros: intercambio entre cripto y moneda, intercambio entre
criptoactivos, transferencias por cuenta de terceros, custodia o intermediación.
El uso personal de cripto no confiere esta calidad. Los PSAV son Personas
Obligadas bajo el Decreto 15-2026.
- LD / FT / FPADM
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Los tres delitos que el decreto aborda: Lavado de Dinero u Otros Activos,
Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de
Destrucción Masiva. El FPADM es nuevo frente a la legislación anterior.
- CONCLAFT
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Consejo Nacional de Coordinación de los Esfuerzos contra el LD/FT/FPADM. Aprueba
la incorporación de nuevas actividades al catálogo de Personas Obligadas (Art.
4).
- GAFI (FATF)
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Grupo de Acción Financiera Internacional, autor de los estándares globales AML.
Sus 40 Recomendaciones inspiraron el Decreto 15-2026, en parte para reducir el
riesgo de que Guatemala sea incluida en la lista gris de jurisdicciones bajo
monitoreo reforzado.
- Operación inusual o sospechosa
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Operación que no guarda relación con el perfil económico del cliente o con su
actividad declarada. Su detección activa el análisis interno y, de confirmarse
la sospecha, el reporte a la IVE.